Si eres uno de los empresarios o independientes que aplicó la disminución de aportes a pensión durante los meses de abril y mayo de 2020, aquí te explico cómo realizar los aportes a pensión no pagados durante la cuarentena de acuerdo a lo definido en el Decreto 376 de 2021.

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¿Por qué se deben reintegrar los aportes a pensión no pagados durante la cuarentena?
El 23 de marzo del año 2020 inició la cuarentena estricta en Colombia debido a la emergencia sanitaria por covid 19 y con esto un desafío enorme para los empresarios del país que, en mayoría, suspendieron sus operaciones.
Por esta razón, en aras darle un “respiro” tanto a empresarios y empleados como a independientes, el gobierno nacional expidió el Decreto 558 de 2020 que permitía durante los meses de abril y mayo de 2020 realizar aportes a pensión solo por el 3%.
Sin embargo, no tuvieron en cuenta que este “alivio” desmejoraría los derechos de los trabajadores pues no se contabilizarían las semanas correspondientes a estos dos periodos, según lo expresado por la corte constitucional quien declaró inexequible dicho decreto en su totalidad.
Aquí es importante recordar que la seguridad social hace parte de los derechos irrenunciables de todo trabajador y por ende sus condiciones, en teoría, no deben desmejorarse.
En ese orden de ideas, el gobierno nacional tuvo que expedir un nuevo decreto para definir las condiciones sobre las cuales empresarios, trabajadores e independientes deberán realizar los aportes faltantes a pensión de ambos periodos: el Decreto 376 de 2021.
Lo que debes tener en cuenta para aplicar los aportes a pensión faltantes
1. Los aportes a pensión faltantes los debes realizar con el IBC reportado en los periodos que hiciste uso del alivio, es decir, abril y mayo 2020.
2. Teniendo en cuenta que durante los periodos de abril y mayo de 2020 realizaste los aportes sobre el 3% y no el 16% definido por ley, deberas realizar aportes faltantes por ambos periodos correspondientes al 13% de la siguiente manera:
Empresarios:
9,75% empleador
3,25% trabajador
Suponiendo que que fuese sobre un salario mínimo el ejercicio seria el siguiente:
IBC= $877.802 (SMMLV año 2020)
Empleador= $86.560
Empleado= $28.528
Total aporte a realizar= $115.088
Independientes:
La totalidad del aporte es realizado por él mismo, es decir, para el caso de un salario mínimo, el aporte sería de $115.088
3. Los aportes los deberas realizar a través del operador de información con el cual realizaste los aportes de ambos periodos utilizando la planilla N de correcciones.
4. Tendrás hasta 36 meses para realizar los aportes faltantes contados a partir del 01 de junio de 2021 sin que te cobren intereses de mora.
Cómo realizar los aportes a pensión no pagados durante la cuarentena
1. Ingresa a tu operador de información, en mi caso siempre utilizo ARUS y busca el número de las planillas
que vas a corregir.
Para el caso de ARUS esto se realiza en la pestaña Consultas Pospago opción Autoliquidaciones.
Buscas el periodo de cotización y en Tipo de Administradora seleccionas Consolidado y te deben aparecer las planillas que pagaste de ese periodo.
Guarda el número de la planilla.
2. Regresas al menu inicial y seleccionas la pestaña Autoliquidación de aportes opción Liquidar PILA.
3. Seleccionas la opción planilla en linea y buscas Planilla N (correcciones).
4. Colocas el número de la planilla que vas a corregir y das clic en Crear planilla.
5. Te aparecen los datos de la planilla y al dar siguiente, los cotizantes. Vas a dar clic en el número de documento de cada uno de los cotizantes que aparece con novedad marcada tipo C para hacer los ajustes en la planilla.
6. Cuando te aparezcan los datos del trabajador (o tuyos si eres independiente), te vas a dirigir a la pestaña Pensiones y en tarifa vas a seleccionar 16% (no te preocupes que no te van a volver a cobrar lo que ya pagaste).
7. Das clic en Guardar cotizante y ahora si a pagar. Te darás cuenta que la planilla fue corregida y solo te cobraran el valor que falta por pagar para completar ese 16%, es decir, solo te facturan el 13% correspondiente.
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Si buena noche mi duda esque a mi esposa la operaron el 7 de noviembre pero el contrato de la empresa estuvo 15 de octubre a hoy 10 de diciembre ya no aparecemos en pantalla ..(desvinculados) toda mi vida labora he estado vinculado a Sanitas por mas de 20 años es la primera vez que paso por esto .
Hola, en el momento en que finaliza el contrato de trabajo, la empresa realiza los respectivos retiros de la seguridad social sin embargo la EPS hasta 30 días posteriores a la suspensión de la cotización. Saludos